Colabora

Voluntariado y donaciones

Constantemente, se acercan a Mescladís personas como tú, de diferentes edades y contextos, interesadas en colaborar. Las posibilidades siempre están abiertas, tanto para tareas concretas en las que necesitamos apoyo, como para proponer y acompañar nuevas actividades o realizar una donación que nos ayude a fortalecer nuestros programas de formacion e insercion socio-laboral.

VOLUNTARIADO

Abrimos experiencias y espacios de voluntariado todo el tiempo. Puedes contactar con nosotros para ofrecer tu tiempo y capacidades.

Dentro del Programa Cuinant Oportunitats,  el voluntariado es fundamental para consolidar la formación especialmente en el ámbito de desarrollo personal del alumnado. Pero además, a veces precisamos de colaboraciones puntuales para apoyar a algunos alumnos y alumnas, en la preparación de distintas tareas que forman parte de su itinerario.

Contamos también con el voluntariado para cada uno de los Proyectos de Desarrollo Comunitario, ya sea apoyando instalaciones en la calle, como en otras cuestiones de logística o planificación. Puedes formar parte de nuestro grupo estable de voluntarios, y estar atento al Facebook, para las distintas convocatorias.

Entre las iniciativas, estamos siempre abiertos a escucharte, para cualquiera de las áreas. Animate a proponer un Taller, una actividad artística o social dentro del Espai Mescladís, una arista formativa concreta para el Programa Cuinant Oportunitats, o ámbitos de incidencia, vinculación o actuación en el marco de los Proyectos de Desarrollo Comunitario.

E ir más allá. Tus ideas nos importan. Y somos sensibles a la generosidad de todos aquellos que desean implicarse, concientes de la capacidad de crecimiento y fortalecimiento de nuestra propuesta con el aporte de más personas de la comunidad.

Si está interesad@ en colaborar en nuestras iniciativas, envía tus datos a info@mescladis.org. Gracias por tu interés!!

 

DONACIONES

Tu donación nos ayuda a hacer realidad las expectativas de una vida digna en Barcelona para aquellas vecinas y vecinos que han decidido realizar sus sueños aqui. Utilizaremos tu aporte para financiar nuestro programa de inclusion social Cuinant Oportunitats. 

  • 20€: financias un uniforme para un alumno de cocina o sala
  • 50€: financias una beca semanal para nuestro comedor de la escuela
  • 100€: financias una semana de formacion de ayudante de cocina o personal de sala
  • 200€: financias dos semanas de formación de ayudante de cocina o personal de sala
  • Otro

Tus donaciones las puedes realizar mediante transferencia a cuenta bancaria o contactando a info@mescladis.org

  • IBAN: ES16 0182 4609 9602 0151 1937
  • SWIFT CODE: BBVA ESMMXXX

Tu colaboración tiene beneficios fiscales

Persona Física

Consideramos importante que conozcas el Marco Fiscal de Donaciones Deducibles, ya que puede resultar una información fundamental a la hora de hacer la declaración de la renta.

Marco Legal
El régimen fiscal de las donaciones y aportaciones se encuentra recogido en el Capítulo II del Título III de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Este 2020 el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo ha modificado el artículo 19 sobre la deducción de la cuota de IRPF de la Ley 49/2002.

Condiciones
Los donativos a ONG’s y Fundaciones, pueden ser deducibles tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como también en el Impuesto de Sociedades (IS).

Para que la persona física o sociedad donante pueda realizar éste trámite debe contar con el certificado fiscal de la Fundación/ONG. Se trata de un documento que otorga la organización al donante una vez realizado el donativo.

El importe a devolver siempre variará en función del tipo de colaboración/donativo y según el régimen fiscal al que esté sujeta la organización con la que hayas colaborado.

Tipos de donaciones
Los donativos que darán derecho a practicar deducciones serán los dinerarios, de bienes o derechos; los de constitución de derecho de usufructo o las cuotas de afiliación. Puedes solicitar más información al departamento de finanzas de la Fundación.

Novedades de 2020
El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo modifica el artículo 19 de la Ley 49/2002 e incrementa en un 5% las deducciones por donaciones a ONG.

Los nuevos porcentajes de deducción se aplicarán a la declaración de la renta de 2020 para las donaciones efectuadas a partir del 1 de enero del mismo año.

Este incremento afecta a las donaciones realizadas por contribuyentes de IRPF y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente.

Persona Jurídica

Marco Legal
El régimen fiscal de las donaciones y aportaciones se encuentra recogido en el Capítulo II del Título III de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Este 2020 el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo ha modificado el artículo 19 sobre la deducción de la cuota de IRPF de la Ley 49/2002.

Condiciones
Los donativos a ONG’s y Fundaciones, pueden ser deducibles tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como también en el Impuesto de Sociedades (IS).

Para que la persona física o sociedad donante pueda realizar éste trámite debe contar con el certificado fiscal de la Fundación/ONG. Se trata de un documento que otorga la organización al donante una vez realizado el donativo.

El importe a devolver siempre variará en función del tipo de colaboración/donativo y según el régimen fiscal al que esté sujeta la organización con la que hayas colaborado.

Tipos de donaciones
Los donativos que darán derecho a practicar deducciones serán los dinerarios, de bienes o derechos; los de constitución de derecho de usufructo o las cuotas de afiliación. Puedes solicitar más información al departamento de finanzas de la Fundación.

Novedades de 2020
El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo modifica el artículo 19 de la Ley 49/2002 e incrementa en un 5% las deducciones por donaciones a ONG.

Los nuevos porcentajes de deducción se aplicarán a la declaración de la renta de 2020 para las donaciones efectuadas a partir del 1 de enero del mismo año.

Este incremento afecta a las donaciones realizadas por contribuyentes de IRPF y contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente.

/ agenda

De 14/2/2024 hasta 30/4/2024

Activitats Convit/e Febrer - abril 2024

28 febrer (18:30h). Presentació de la revista Convit/e Núm 2 · Diàlegs migrants, a la llibreria Nollegiu.

Xerrada-debat a càrrec de Martín Habiague, director de la revista, María Sobrino, directora de continguts de la número 2 i Agus Morales, col·laborador. Projecció del curt documental #boza, un treball coral que dóna una nova perspectiva sobre les migracions. (Obert al públic · Gratuït).